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El proyecto de Ley de Seguros, un hito significativo en la regulación del sector

Por David Pérez, especialista en seguros y reaseguros.-

La propuesta del nuevo proyecto de Ley de Seguros en Paraguay marca un hito significativo en la regulación del sector asegurador, con el potencial de transformar la manera en que las aseguradoras operan y ofrecen sus servicios. Este cambio normativo de la Ley 827/1996 busca modernizar un marco legal que ha permanecido estático durante años, con el fin de velar por los intereses de los asegurados, promover la estabilidad y solvencia del mercado de seguros, y fomentar la confianza pública en el sistema, constituyéndose en una oportunidad de establecer estándares más altos de regulación y supervisión, tanto para asegurados, agentes e inversores que quieren proteger su patrimonio, inversión y capital a través de una efectiva transferencia de riesgo.

A nivel internacional, muchos países han experimentado transformaciones en sus sistemas de seguros en respuesta a las lecciones aprendidas de crisis financieras pasadas. En México, la reforma de 2015 se erigió como un punto de inflexión, impulsada por la necesidad de fortalecer la estabilidad del sector y proporcionar una mayor protección al consumidor. Esta reforma introdujo normas de solvencia más rigurosas, exigiendo a las aseguradoras mantener reservas adecuadas y capital suficiente para cubrir sus obligaciones, lo que incluyó el concepto de capital ajustado a riesgo. Esto permitió que el sector se volviera más resistente y resiliente a crisis económicas.

En Colombia, la Ley de Mercado de Valores de 2005 también fue un catalizador de cambios regulatorios, promoviendo la transparencia y la solidez financiera de las aseguradoras. Más recientemente, la adopción de estándares como Solvencia II ha permitido a las aseguradoras implementar prácticas más efectivas de gestión de riesgos, enfocándose no solo en la solvencia, sino también en la liquidez. Estas regulaciones han hecho que las entidades sean más capaces de enfrentar fluctuaciones del mercado y cumplir con sus obligaciones, fortaleciendo así la estabilidad del sistema financiero en general.

Asimismo, las normas de Basilea I, II y III han impactado el sector bancario global, estableciendo requisitos de capital más estrictos que reflejan el riesgo real de los activos. Estas normas han influido también en la regulación del sector de seguros, creando un marco que enfatiza la gestión de riesgos y la liquidez, elementos cruciales para la sostenibilidad de ambas industrias. Estos casos de éxito demuestran que los cambios normativos bien estructurados pueden fortalecer el sector asegurador, beneficiando no solo a las entidades, sino también a los consumidores y al sistema financiero en su conjunto.

La propuesta de la nueva Ley de Seguros en Paraguay se enmarca en una estrategia integral que busca capitalizar el reciente reconocimiento de investment grade por parte de calificadoras internacionales. Este avance no solo abre las puertas a un flujo de inversiones más robusto, como la anunciada por Paracel S.A. en el sector forestal, sino que también establece un marco de seguridad jurídica que es fundamental para atraer a inversores nacionales y extranjeras. En este contexto, la Ley de Seguros se complementa con iniciativas como la nueva Ley de Obra Pública, que promueve la eficiencia y la transparencia en la ejecución de proyectos, y un sistema anticorrupción que fortalece la confianza en las instituciones. Estas reformas están alineadas con las exigencias de normas internacionales, que demandan altos estándares de gobernanza y responsabilidad.

 

Nuevo enfoque

La reciente propuesta de ley se orienta hacia un enfoque más operativo, contrastando con la normativa vigente, que presenta un carácter más programático. Este cambio integra las normativas y procedimientos que se han implementado a lo largo del tiempo, reflejando transformaciones significativas que repercuten en el sector asegurador y se adaptan a las exigencias del entorno normativo financiero internacional.

De esta forma, se busca establecer un marco regulatorio más completo que responda a las demandas contemporáneas del mercado, regulando las operaciones directas e indirectas de aseguradoras, reaseguradoras y asistencias promoviendo una mayor transparencia y eficiencia en su funcionamiento.

Dentro de los aspectos centrales del objeto de la ley, se destaca la protección de los derechos del consumidor de seguros, que se incorpora mediante un nuevo marco que define claramente tanto los derechos, cargas y obligaciones de los usuarios. Este enfoque busca garantizar que los consumidores cuenten con información suficiente y clara sobre las pólizas, así como un acceso equitativo a los servicios. Además, se implementan mecanismos de reclamación más efectivos y una mayor transparencia en los procesos, lo que no solo mejora la confianza en el sector, sino que también fomenta una competencia más justa entre las aseguradoras. Con estas medidas, se espera un impacto positivo en la calidad del servicio y en la satisfacción del cliente, al mismo tiempo que se fortalece la responsabilidad de las empresas hacia sus usuarios.

 

Capitales mínimos

La nueva propuesta de capitales que, casi duplica a los vigentes para cada rama de seguros, se amplía al incorporar el seguro de garantía (tradicional denominación al seguro de caución), lo que replantea evaluar como proyecto de inversión la tasa de retorno del capital y el costo de capital necesario en función al flujo de fondos que genera el sector en función a la relación riesgo-rentabilidad. Concepto que toma del mercado financiero la exigencia sobre cualquier instrumento financiero, siendo el seguro uno de ellos, donde se evalúa el costo de la política de suscripción y retención de riesgos en términos financieros, así como su atractivo como inversión. Así, el nuevo proyecto recoge los requisitos de capital derivados de normas internacionales como Solvencia II en Europa o las recomendaciones de la Asociación Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS).

El proyecto incorpora el concepto de retención dentro del artículo 47 como encaje técnico máximo, concepto que toma del criterio contable de gestión para definir la estructura más eficiente de transferencia de riesgo que necesita la aseguradora en función a la decisión de activos y pasivos. Debido que además de la exigencia de resultados técnicos positivos que capitalicen la empresa, la selección de inversiones y la valuación de pasivos a través de reservas técnicas, toda estrategia de venta tendrá un efecto patrimonial positivo o negativo que impactará en definitiva en el nivel de retención como variación del activo y pasivo.

La eficiencia técnica, la toma de decisiones y la rentabilidad adquieren bajo este nuevo proyecto un papel clave en la gestión de la empresa, así como en Latinoamérica cambió la medición del riesgo en función al grado de rendimiento y la necesidad de contar con una TIR que, como mínimo, igualen ya no el punto de equilibrio sino el costo de capitalización que exige el órgano de contralor como rendimiento esperado, fijando a las compañías una optimización del costo, proyección de escenarios de siniestralidad y control de gastos de adquisición. En síntesis la exigencia de un nuevo modelo de gestión enfocado en el capital como parámetro de medición de las aseguradoras y su capital con premios y también castigos que requieren aportes en efectivo para compensar las malas decisiones.

 

Productos y autorizaciones

El artículo 13 sobre los planes de seguros introduce un enfoque que promueve la agilidad en el diseño de productos, genera una oportunidad y una amenaza, al permitir a las aseguradoras depositar sus planes en un repositorio sin necesidad de autorización administrativa previa. Esta flexibilización no solo acelera el proceso de comercialización, sino que también facilita la creación de nuevos productos adaptados a las demandas del mercado. El know-how y el profundo conocimiento de los ramos se convierten en una ventaja competitiva crucial, ya que las aseguradoras con experiencia pueden identificar oportunidades y desarrollar soluciones innovadoras más rápidamente.

Sin embargo, este nuevo marco también presenta desafíos. La falta de un pronunciamiento previo por parte de la Superintendencia de Seguros (SIS) en cuanto a la legalidad de los planes puede llevar a que las empresas enfrenten sanciones directas por errores en sus depósitos, sin contar con la posibilidad de subsanar dichos problemas cuando los productos son diseñados desde la demanda.

Si bien el proyecto se encuentra en revisión, podemos agrupar el impacto en tres segmentos:

  1. Fortalezas: el proyecto de Ley de Seguros en Paraguay moderniza el marco regulatorio, aumentando la competitividad del sector. Se refuerzan los derechos del consumidor, lo que mejora la confianza y satisfacción de los asegurados. Además, la elevación de los requisitos de capital mínimo promueve una mayor solvencia y estabilidad, alineándose con estándares internacionales. La eliminación de autorizaciones previas para planes de seguros impulsa la agilidad en el diseño de productos, facilitando la innovación.
  2. Oportunidades: el reconocimiento de investment grade ofrece la posibilidad de atraer flujos de inversión hacia el sector asegurador. La adopción de normativas internacionales como Solvencia II fortalece la gestión de riesgos y liquidez. La flexibilidad en el diseño de seguros permite a las aseguradoras desarrollar soluciones adaptadas a las necesidades del mercado. Un marco regulatorio robusto puede mejorar la confianza pública en el sistema asegurador, impulsando su crecimiento.
  3. Debilidades: el incremento en el capital mínimo requerido puede representar una carga financiera para aseguradoras pequeñas o especializadas. La normativa exige habilidades avanzadas en gestión de riesgos, que algunas empresas pueden no tener. La ausencia de pronunciamientos regulatorios previos podría conducir a sanciones y confusión operativa. Además, la necesidad de un profundo conocimiento del sector puede limitar la capacidad de adaptación de algunas aseguradoras.